martes, 31 de mayo de 2011

Subsidio por desempleo para trabajadores que han cotizado menos de un año

En una publicación anterior analizábamos las cantidades a percibir en concepto de prestación por desempleo por aquellos trabajadores que tuvieran un periodo de cotización de al menos 360 días en los últimos seis años. Como continuación de este análisis pasamos a desgranar las prestaciones por desempleo a las que pueden tener derecho aquellos trabajadores cuyo periodo de cotización sea inferior al año, es decir, el subsidio de desempleo por pérdida de empleo.

Las causas que dan derecho al cobro de este subsidio son similares a las exigidas para obtener la prestación contributiva por desempleo, por tanto, el trabajador debe haber perdido involuntariamente el empleo, estando entre las causas las más comunes: el despido, la finalización de un contrato temporal, la muerte o jubilación del empresario, o haber sido sometido a un expediente de regulación de empleo temporal o definitivo. 

Requisitos para obtener el subsidio:
  • Haber perdido involuntariamente el empleo.
  • No tener ingresos mensuales superiores a 481,05 € al mes. Dentro de este límite se consideran todos los ingresos obtenidos, a excepción de las indemnizaciones legales por despido y las asignaciones de la Seguridad Social por hijo a cargo.
  • El trabajador debe inscribirse como demandante de empleo y suscribir un compromiso de actividad, que se materializa en acciones de formación e inserción laboral obligatorias.
Duración del subsidio:

Dependerá del tiempo que se haya cotizado y de la existencia o no de responsabilidades familiares de acuerdo a la siguiente tabla:

Responsabilidades
Periodo de cotización
Meses de
familiares

prestación
SI
menos de 90 días
0 meses
SI
entre 90 y 119 días
3 meses
SI
entre 120 y 149 días
4 meses
SI
entre 150 y 179 días
5 meses
SI
entre 180 y 359 días
21 meses
NO
menos de 180 días
0 meses
NO
entre 180 y 359 días
6 meses

Se considera que se tienen responsabilidades familiares cuando se tiene cónyuge, hijos menores de 26 años, o mayores de 26 años discapacitados, o menores en acogimiento; además, la suma de los ingresos familiares mensuales dividida entre el número de miembros de la familia debe ser inferior a 481,05 €.

Para el caso de trabajadores fijos discontinuos, la duración del subsidio será equivalente al número de meses cotizados en el  año anterior al de la solicitud.

Cuantía y solicitud del subsidio: 

La cuantía del subsidio es de 426,00 € mensuales. El plazo para solicitar la prestación será de quince días hábiles (sin contar domingos ni festivos) desde el cese o desde el día en que finalice el período de vacaciones pendientes de disfrutar.

En caso de no poder recibir el subsidio por superarse el límite de ingresos mensuales o por incumplir los requisitos correspondientes a las obligaciones familiares, se puede volver a solicitar dentro del plazo de un año si se volvieran a cumplir los requisitos.

Al igual que en el caso de las prestación de desempleo, a través de la web del Servicio Público de Empleo Estatal disponemos de un programa de auto cálculo del subsidio y de un folleto informativo.

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