martes, 1 de noviembre de 2011

Medidas aprobadas por el Consejo de Ministros del 28 de octubre


En el último Consejo de Ministros celebrado el viernes pasado se han aprobado importantes medidas entre las que destacan la regulación de la protección por el cese de actividad de los trabajadores autónomos, la regulación de las prácticas no laborales en las empresas, y la aprobación del Reglamento de Auditoría.

En materia de la protección por el cese de actividad de los trabajadores autónomos se ha aprobado un Real Decreto que desarrolla la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

La prestación por cese de actividad será del 70% del promedio de las bases de cotización del trabajador autónomo de los últimos doce meses. Esta prestación se podrá solicitar a partir de noviembre para lo cual el trabajador autónomo deberá haber cotizado el 2,2% de su base de cotización, aunque verá reducida su cotización por la contingencia de incapacidad temporal en 0,5 puntos porcentuales.

El periodo al que se tendrá derecho a recibir la prestación variará en función del periodo cotizado de acuerdo con la siguiente escala, periodo en el que además el órgano gestor cubrirá los costes de cotización por contingencias comunes.

Meses cotizados
Meses de prestación
De 12 a 17
2
De 18 a 23
3
De 24 a 29
4
De 30 a 35
5
De 36 a 42
6
De 43 a 47
8
De 48 en adelante
12

Por otro lado y también mediante otro Real Decreto se  ha aprobado la regulación de las prácticas no laborales en empresas de jóvenes desempleados entre dieciocho y veinticinco años que cuenten con un título universitario, de formación profesional, o un certificado de profesionalidad, pero nula o escasa experiencia laboral.

Para la realización de estas prácticas, que tendrán una duración de entre seis y nueve meses, se habrá de firmar un convenio de colaboración con los Servicios Públicos de Empleo. Las prácticas deberán ser supervisadas y dirigidas por un tutor, y renumerarse en una cantidad no inferior al 80% del IPREM (426 euros en 2011). Se prevé que al finalizar las prácticas se hará entrega de un certificado acreditativo.

Durante la duración de las prácticas los becarios tendrán derecho a la protección de la Seguridad Social recientemente aprobada. En caso de que estas prácticas culminen con la contratación del becario la empresa podrá beneficiarse de una serie de medidas de apoyo. Quedan fuera de este Real Decreto las prácticas académicas de los estudiantes universitarios que cuentan con una normativa propia.

Finalmente el Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento que desarrolla la Ley de Auditoría de Cuentas. Entre las principales novedades incluidas cabe destacar las siguientes:
  • Se precisan los distintos requisitos que deben reunirse para obtener la autorización necesaria para ejercer la actividad de auditoría.
  • Se precisan la forma y condiciones en que debe cumplimentarse la obligación legal de formación continuada por parte del auditor.
  • Se clarifica el conjunto de actuaciones que deben seguir los auditores de cuentas en la observancia del deber de independencia y en la delimitación de las causas que generan incompatibilidad.
  • Se concreta el contenido del informe anual de transparencia que deben emitir quienes auditan entidades de interés público.
  • Se definen las entidades de interés público por razón de su especial actividad o tamaño a efectos de la Ley de Auditoría.
  • Se fortalece el sistema de supervisión del ICAC, detallándose las actuaciones de control que se pueden realizar, así como sus plazos, se introducen normas especiales en el régimen de infracciones y sanciones y se regula la información que debe remitirse al ICAC.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.