En
el último Consejo de Ministros celebrado el viernes pasado se han aprobado
importantes medidas entre las que destacan la regulación de la protección por
el cese de actividad de los trabajadores autónomos, la regulación de las prácticas
no laborales en las empresas, y la aprobación del Reglamento de Auditoría.
En
materia de la protección por el cese de
actividad de los trabajadores autónomos se ha aprobado un Real Decreto que
desarrolla la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema
específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
La
prestación por cese de actividad será del 70% del promedio de las bases de
cotización del trabajador autónomo de los últimos doce meses. Esta prestación
se podrá solicitar a partir de noviembre para lo cual el trabajador autónomo
deberá haber cotizado el 2,2% de su base de cotización, aunque verá reducida su
cotización por la contingencia de incapacidad temporal en 0,5 puntos
porcentuales.
El
periodo al que se tendrá derecho a recibir la prestación variará en función del
periodo cotizado de acuerdo con la siguiente escala, periodo en el que además
el órgano gestor cubrirá los costes de cotización por contingencias comunes.
Meses
cotizados
|
Meses
de prestación
|
De 12 a 17
|
2
|
De 18 a 23
|
3
|
De 24 a 29
|
4
|
De 30 a 35
|
5
|
De 36 a 42
|
6
|
De 43 a 47
|
8
|
De 48 en adelante
|
12
|
Por otro lado y también mediante otro Real Decreto se ha aprobado la regulación de las prácticas no laborales en empresas de jóvenes desempleados
entre dieciocho y veinticinco años que cuenten con un título universitario, de
formación profesional, o un certificado de profesionalidad, pero nula o escasa
experiencia laboral.
Para
la realización de estas prácticas, que tendrán una duración de entre seis y
nueve meses, se habrá de firmar un convenio de colaboración con los Servicios
Públicos de Empleo. Las prácticas deberán ser supervisadas y dirigidas por un
tutor, y renumerarse en una cantidad no inferior al 80% del IPREM (426 euros
en 2011). Se prevé que al finalizar las prácticas se hará entrega de un
certificado acreditativo.
Durante
la duración de las prácticas los becarios tendrán derecho a la protección de la Seguridad Social recientemente aprobada. En caso de que estas prácticas
culminen con la contratación del becario la empresa podrá beneficiarse de una
serie de medidas de apoyo. Quedan fuera de este Real Decreto las prácticas
académicas de los estudiantes universitarios que cuentan con una normativa
propia.
Finalmente
el Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento que desarrolla la Ley de Auditoría de Cuentas. Entre las principales novedades incluidas cabe destacar
las siguientes:
- Se precisan los distintos requisitos que deben reunirse para obtener la autorización necesaria para ejercer la actividad de auditoría.
- Se precisan la forma y condiciones en que debe cumplimentarse la obligación legal de formación continuada por parte del auditor.
- Se clarifica el conjunto de actuaciones que deben seguir los auditores de cuentas en la observancia del deber de independencia y en la delimitación de las causas que generan incompatibilidad.
- Se concreta el contenido del informe anual de transparencia que deben emitir quienes auditan entidades de interés público.
- Se definen las entidades de interés público por razón de su especial actividad o tamaño a efectos de la Ley de Auditoría.
- Se fortalece el sistema de supervisión del ICAC, detallándose las actuaciones de control que se pueden realizar, así como sus plazos, se introducen normas especiales en el régimen de infracciones y sanciones y se regula la información que debe remitirse al ICAC.
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