domingo, 12 de junio de 2011

Subsidio de desempleo por agotamiento de la prestación contributiva

En entradas anteriores hemos analizado los subsidios por desempleo a los que se podía tener derecho, diferenciando entre el caso de que el trabajador hubiera cotizado un periodo superior o inferior a un año. En este artículo vamos a analizar el subsidio por desempleo por agotamiento de la prestación contributiva.

Tendrán derecho a esta prestación aquellos trabajadores con 45 años o más, o aquellos con edad inferior que tengan responsabilidades familiares, siempre que tanto en un caso como en otro hayan agotado el derecho a percibir una prestación contributiva. No obstante, los trabajadores eventuales agrarios no tendrán derecho a la prestación aunque hayan agotado la prestación contributiva.

Requisitos para obtener el subsidio:
  • Haber agotado la prestación contributiva por desempleo.
  • Tener una edad igual o superior a 45 años, o en caso de tener una edad inferior se deberán tener responsabilidades familiares. Se considera que se tienen responsabilidades familiares cuando se tiene cónyuge, hijos menores de 26 años, o mayores de 26 años discapacitados, o menores en acogimiento. 
  • No tener ingresos mensuales superiores a 481,05 euros. Dentro de este límite se consideran todos los ingresos obtenidos, a excepción de las indemnizaciones legales por despido y las asignaciones de la Seguridad Social por hijo a cargo.
  • La suma de los ingresos familiares mensuales dividida entre el número de miembros de la familia debe ser inferior a 481,05 euros.
    • Suscribir un compromiso de actividad, que se materializará en acciones de formación e inserción laboral obligatorias.

    Duración del subsidio:

    Estará comprendida entre 18 y 30 meses dependiendo de la edad del solicitante y de la prestación contributiva que se haya agotado. Para trabajadores fijos discontinuos la duración del subsidio se corresponderá  con el número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.

    CON RESPONSABILIDADES FAMILIARES

    Prestación

    Edad
    contributiva
    Duración del

    agotada
    subsidio
    Menores de
    4 meses
    18 meses
    45 años
    6 ó más meses
    24 meses
    Mayores de
    4 meses
    24 meses
    45 años
    6 ó más meses
    30 meses
    SIN RESPONSABILIDADES FAMILIARES

    Prestación

    Edad
    contributiva
    Duración del

    agotada
    subsidio
    Mayores de
    -
    6 meses
    45 años
    24 meses
    12 meses

    Cuantía y solicitud del subsidio:

    La cuantía del subsidio son 426,00 euros mensuales con carácter general, salvo para la prestación para mayores de 45 años que hayan agotado una prestación de 24 meses, que se incrementará a 569,78 euros mensuales si se tienen dos familiares al cargo, o 708,23 euros mensuales si se tienen tres o más familiares al cargo.

    Para solicitarlo se deberá esperar un mes desde la finalización de la prestación contributiva. Una vez pasado este mes de espera, la solicitud se deberá realizar dentro de un plazo de quince días hábiles (sin contar domingos ni festivos).

    El subsidio se reconocerá por un periodo inicial de 6 meses, que se ampliará en periodos adicionales de otros 6 meses hasta alcanzar la duración máxima, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos. Para ello habrá que realizar tantas solicitudes adicionales como prorrogas.

    En caso de no poder recibir el subsidio por superarse el límite de ingresos mensuales o por incumplir los requisitos correspondientes a las obligaciones familiares, se puede volver a solicitar dentro del plazo de un año si se volvieran a cumplir los requisitos.

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