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jueves, 1 de diciembre de 2011

La obligación de consolidar contablemente



Una vez analizados los conceptos de grupo de sociedades, sociedades multigrupo y asociadas el siguiente paso es estudiar cuáles son las sociedades que están obligadas a formular cuentas anuales consolidadas.

La normativa establece que toda sociedad dominante de un grupo estará obligada a consolidar. Sin embargo a continuación enumera una serie de circunstancias ante las cuales, aunque la sociedad actué como sociedad dominante de un grupo, estará dispensada de consolidar.

lunes, 28 de noviembre de 2011

Consolidación contable: grupos de sociedades, sociedades multigrupo y asociadas



En el presente artículo y el siguiente vamos analizar los aspectos fundamentales que determinan  la obligación de formular cuentas anuales consolidadas.

En materia de consolidación de cuentas anuales, la normativa básica está formada por los artículos 42 a 49 del Código de Comercio, el Real Decreto que aprueba las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y el Plan General de Contabilidad en sus normas de valoración 19 a 21 y en cuanto a la estructura y contenido de las cuentas anuales.

El primer paso de nuestro estudio consistirá en distinguir entre los conceptos de grupo de sociedades (llamados grupos de subordinación o verticales), que son los únicos obligados a consolidar; y las sociedades multigrupo y asociadas (grupos de coordinación u horizontales), no obligados a consolidar.
 

miércoles, 12 de octubre de 2011

Legislación Básica y Recursos Útiles


Desde El Blog del Asesor queremos dar a conocer aquellos recursos que existen en internet y que hacen nuestro trabajo más fácil. Por ello hemos añadido en el menú lateral derecho de nuestro blog una nueva sección titulada: “Legislación Básica y Recursos Útiles”. Desde aquí podemos acceder un compendio con la normativa más importante en materia laboral, fiscal y contable, así como a otra legislación complementaria de indudable importancia. Haciendo clic en cada una de las normas se puede acceder a ellas en formato web o pdf, así como consultar su versión consolidada.

También se ha añadido un apartado desde el que enlazamos con páginas de interés y recursos gratuitos. Entre otras posibilidades podemos consultar una completísima base de datos de jurisprudencia, acceder a amplísima información en materia tributaria, ver el calendario laboral oficial, o calcular el subsidio por desempleo o la pensión por jubilación a la que tengamos derecho.

domingo, 15 de mayo de 2011

La obligación de auditar


La obligación de someterse a auditoría de cuentas viene regulada en la disposición adicional 1ª de la Ley de Auditoría de Cuentas, las disposiciones adicionales 6ª, 12ª y 13ª del Reglamento de Auditoría de Cuentas, y el artículo 263 de la Ley de Sociedades de Capital.

Como límite general se establece que estarán exceptuadas de la obligación de someterse a auditoría de cuentas aquellas empresas o entidades que puedan presentar balance abreviado, quedando obligadas las que presenten balance normal. Tal como especifica el artículo 257 de la Ley de Sociedades de Capital, podrán formular balance abreviado (no quedando obligadas a auditarse) las sociedades que a fecha de cierre de dos ejercicios consecutivos reúnan al menos dos de estas tres condiciones:  
  • Que el número de partidas del activo no supere los 2.850.000 euros.
  • Que el importe neto de su cifra de negocios no supere los 5.700.000 euros.
  • Que el número medio de trabajadores del ejercicio sea inferior a 50 empleados.