En
el último Consejo de Ministros se ha aprobado un paquete de medidas para la lucha
contra el fraude fiscal. Según anuncia el propio Gobierno, estas medidas
complementaran la polémica amnistía fiscal aprobada el pasado 30 de marzo. Las decisiones
adoptadas son las siguientes:
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domingo, 24 de junio de 2012
lunes, 23 de abril de 2012
Errores frecuentes en el borrador de la declaración
Desde
hace algunas semanas los contribuyentes pueden obtener a través de la página
web de la Agencia Tributaria su borrador de la declaración de la renta del año
2011. Aunque los datos que sirven de base para la elaboración del borrador debieran
ser correctos, no debemos confiarnos, puesto que es posible que la Agencia
Tributaria no tenga acceso a determinadas informaciones o que los datos que se
le hayan comunicado contengan algún error.
Por
ello es más que recomendable comprobar tanto el borrador recibido como los
datos fiscales que lo acompañan, verificando que se adecuen a nuestra situación
tributaria real. Debemos prestar especial atención a determinados errores u
omisiones que se producen con cierta frecuencia:
domingo, 15 de abril de 2012
Las medidas del Gobierno contra el fraude fiscal
En el último Consejo de Ministros
el Gobierno presentó el Anteproyecto de Ley de intensificación de lucha contra
el fraude. Estas medidas, de un carácter más técnico que político, todavía
están pendientes del trámite parlamentario, por lo que pueden ser modificadas
de forma importante.
Entre las propuestas realizadas
destaca sobre todo la prohibición a empresarios o profesionales de realizar o
recibir pagos en efectivo por importe de 2.500 euros o más. Veamos cuales son todas las
medidas planteadas:
miércoles, 11 de abril de 2012
Campaña de la Renta 2011
Ya
ha comenzado la Campaña de la Renta 2011. Como en años anteriores, los primeros
contribuyentes que podrán presentar la declaración serán los que confirmen su
borrador, debiendo esperar hasta mayo aquellos otros que utilicen el programa PADRE.
Así
a partir del 10 de abril es posible solicitar a través de internet el número de referencia del borrador de la declaración (sistema
RENO). Para ello tendremos que aportar
nuestro NIF, primer apellido, importe de la casilla 620 de la declaración del
año pasado, y número de teléfono móvil. Una vez realizado este proceso
recibiremos el número de referencia del borrador en el teléfono móvil indicado
y podremos visualizarlo y descargarlo a través de la web de la Agencia
Tributaria.
sábado, 31 de marzo de 2012
El Gobierno presenta los presupuestos de 2012
Tras
una larga espera y en medio de una gran expectación el Gobierno presentó ayer
en Consejo de Ministros el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
para 2012.
Tal
como se esperaba, los Presupuestos presentados son enormemente restrictivos para
poder cumplir con la enorme reducción del déficit comprometida con la Unión Europea para el
ejercicio 2012, y que equivale a 3,2 puntos porcentuales de PIB, o lo que es lo
mismo, 27.300 millones de euros.
jueves, 5 de enero de 2012
Calendario del contribuyente 2012
Ya
está disponible en la página web de la Agencia Tributaria el Calendario del Contribuyente para el año 2012. Como cita más importante nos encontraremos con la
Campaña de la Renta 2011, que este año estará comprendida entre el 10 de abril y
el 2 de julio. Así desde el 10 de abril ya podremos confirmar el borrador de la
declaración, pero no será hasta 3 de mayo la fecha en que podamos empezar a
presentar declaraciones con el Programa PADRE.
La
principal novedad que deberemos afrontar es la reintroducción del Impuesto de
Patrimonio cuyo plazo de presentación coincidirá con el de la Campaña de la
Renta. En cambio, hasta el año 2013 no cambiará el plazo de presentación del
modelo 347 desde marzo a febrero.
lunes, 2 de enero de 2012
Medidas económicas del nuevo Gobierno
Una
semana después de tomar posesión, el nuevo Gobierno presentó el pasado viernes en
Consejo de Ministros importantes medidas para lograr el cumplimiento de los
objetivos de déficit comprometidos con la Unión Europea. Estas medidas son
sólo las primeras de las muchas que vendrán en los próximos meses, tal como señaló
la Vicepresidenta del Gobierno al anunciar que esto es sólo “el inicio del
inicio”.
Quedan
pendientes todavía las reformas del sistema financiero y del mercado laboral,
así como la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para 2012 que
se hará en marzo.
Las
medidas adoptadas se basan fundamentalmente en una subida progresiva del IRPF y
del IBI así como en una reducción del gasto público. Dichas medidas son las siguientes:
miércoles, 21 de diciembre de 2011
Simulador de la Renta 2011
Como
cada año, la Agencia Tributaria ha publicado en su página web el Simulador de la Renta para el ejercicio a punto de finalizar.
Aunque
no contaremos con el Programa Padre hasta bien entrado el año 2012, este
simulador nos permitirá realizar simulaciones muy aproximadas del resultado de
nuestra declaración del IRPF antes de iniciarse la Campaña de la Renta.
La
interfaz de este simulador es muy
similar a la existente en la aplicación para modificar el borrador de
declaración del IRPF, aunque con más opciones como la posibilidad de introducir
los rendimientos de actividades económicas.
En
todo caso, los datos obtenidos de la simulación son meramente orientativos y no
vinculan de ninguna forma a la Agencia Tributaria.
martes, 6 de diciembre de 2011
La fiscalidad de los planes de pensiones
Tradicionalmente,
durante el mes de diciembre se prepara el cierre del año fiscal y se empieza a
calcular el resultado de la próxima declaración de la renta. Así, una vez que
prácticamente conocemos cuales han sido nuestros ingresos durante el ejercicio,
podemos estudiar las posibilidades que nos ofrece la normativa tributaria para rebajar
nuestra factura fiscal.
De
entre todas las alternativas, una de las más populares es la realización de aportaciones a
planes de pensiones. A esta popularidad han contribuido sin duda las agresivas
campañas de publicidad llevadas a cabo por instituciones financieras y compañías
de seguros en las que se usan como principal reclamo los mal llamados “ahorros fiscales”
o “rentabilidades fiscales” de estos productos.
domingo, 20 de noviembre de 2011
Las deudas con Hacienda se podrán pagar por teléfono
A
partir del próximo 1 de diciembre será posible saldar telefónicamente las
deudas contraídas con Hacienda. Esta posibilidad estará disponible únicamente
para personas físicas con deudas ya vencidas (en periodo ejecutivo de pago)
cuyo importe no supere los 18.000 euros.
Para
acceder a este servicio los contribuyentes deberán llamar al teléfono 901.200.345 indicando los datos que aparecerán en la carta de pago
que habrán recibido previamente, procediéndose a cagar el importe de la deuda
en la cuenta corriente que haya dado el contribuyente. Se prevé que este
sistema de pago se podrá aplicar en la próxima campaña de la renta.
jueves, 17 de noviembre de 2011
Hacienda dejará de notificar por correo
Numerosos
contribuyentes dejaran de recibir las notificaciones que la Agencia Tributaria
venía realizando por correo postal ya que esta ha decidido establecer un
sistema de notificaciones por vía telemática. De esta forma las notificaciones
se pondrán a disposición del contribuyente a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y en portal notificaciones.060.es. Previamente se
enviará un email al correo electrónico que indique el contribuyente
anunciándole que le ha sido enviada una notificación por vía electrónica.
A
partir de que se envíe la notificación electrónica el contribuyente dispondrá de 10
días naturales para acceder a ella. En caso de no hacerlo el acto
administrativo se dará por notificado.
martes, 15 de noviembre de 2011
Aprobada la nueva regulación laboral de los empleados del hogar
En
el último Consejo de Ministros el Gobierno ha aprobado un Real Decreto que
regulará las relaciones laborales de los empleados y empleadas del hogar a
partir del 1 de enero del 2012.
Mediante
esta normativa se integra a los empleados del hogar en el Régimen General de la
Seguridad Social, ampliándose sus derechos y regulándose mejor esta relación
laboral. Sin embargo este colectivo seguirá sin poder contar con protección por
desempleo, aspecto este que se pospone para posteriores regulaciones.
Las
novedades más importantes introducidas por el Real Decreto son las siguientes:
viernes, 4 de noviembre de 2011
La regularización del tipo de retención en el Impuesto sobre la Renta
Cerrando
las publicaciones dedicadas a las retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto
sobre la Renta, en las que ya hemos analizado la obligación de retener y el
cálculo del tipo de retención, hoy nos centramos en la regularización del tipo
de retención, es decir que circunstancias obligan a modificar el tipo de
retención por la obtención de rendimientos de trabajo y cómo se debe realizar el
cálculo del nuevo tipo de retención.
miércoles, 26 de octubre de 2011
Los tipos de retención en el Impuesto sobre la Renta
En
un artículo anterior analizábamos los aspectos más importantes que determinan
la obligación de retener o ingresar a cuenta en el Impuesto sobre la Renta.
Estudiabamos, entre otros aspectos, qué rentas estaban sujetas o exentas a retención
o a ingreso a cuenta, quienes eran los obligados a realizar estas retenciones o
ingresos a cuenta y en qué momento debían realizarse.
El
siguiente paso es conocer por que importe deben efectuarse la retenciones,
cuestión para la cual resulta imprescindible saber cuáles son los tipos de
retención vigentes. Así para los rendimientos del trabajo en general (salarios,
pensiones, prestaciones por desempleo, etc.….) el tipo de retención se deberá
calcular de forma individualizada para cada perceptor, mientras que para el
resto de rendimientos aplicaremos unos tipos fijos como se ilustra en la
siguiente tabla:
jueves, 20 de octubre de 2011
Las retenciones en el Impuesto sobre la Renta
La exigencia de retener cantidades a cuenta del Impuesto sobre la Renta es una
importante obligación tributaria que es independiente del pago del Impuesto. El
no retener correctamente cantidades, estando obligado a ello, puede ser castigado con una sanción grave o muy grave con una multa que irá desde el
50% hasta 150% de las cantidades no retenidas.
Es importante diferenciar las retenciones de los ingresos a cuenta. Ambos son pagos a cuenta del Impuesto, y aunque son conceptos muy similares no son exactamente iguales. Las retenciones consisten en que el pagador de una retribución dineraria se queda con un porcentaje de esta, ingresando esta cantidad en el Tesoro Público a nombre del contribuyente. Los ingresos a cuenta funcionan sobre la misma base, con la diferencia de que al realizarse sobre retribuciones en especie no se puede retener parte de estas retribuciones especie (al no ser dinero) por lo que el ingreso en el Tesoro habrá de hacerse mediante un pago adicional.
Es importante diferenciar las retenciones de los ingresos a cuenta. Ambos son pagos a cuenta del Impuesto, y aunque son conceptos muy similares no son exactamente iguales. Las retenciones consisten en que el pagador de una retribución dineraria se queda con un porcentaje de esta, ingresando esta cantidad en el Tesoro Público a nombre del contribuyente. Los ingresos a cuenta funcionan sobre la misma base, con la diferencia de que al realizarse sobre retribuciones en especie no se puede retener parte de estas retribuciones especie (al no ser dinero) por lo que el ingreso en el Tesoro habrá de hacerse mediante un pago adicional.
miércoles, 12 de octubre de 2011
Legislación Básica y Recursos Útiles
Desde El Blog del Asesor queremos dar
a conocer aquellos recursos que existen en internet y que hacen nuestro trabajo
más fácil. Por ello hemos añadido en el menú lateral derecho de nuestro blog
una nueva sección titulada: “Legislación Básica y Recursos Útiles”. Desde aquí
podemos acceder un compendio con la normativa más importante en materia
laboral, fiscal y contable, así como a otra legislación complementaria de
indudable importancia. Haciendo clic en cada una de las normas se puede acceder
a ellas en formato web o pdf, así como consultar su versión consolidada.
También se ha añadido un
apartado desde el que enlazamos con páginas de interés y recursos gratuitos. Entre
otras posibilidades podemos consultar una completísima base de datos de
jurisprudencia, acceder a amplísima información en materia tributaria, ver el
calendario laboral oficial, o calcular el subsidio por desempleo o la pensión por
jubilación a la que tengamos derecho.
domingo, 2 de octubre de 2011
La valoración de los bienes en el Impuesto sobre el Patrimonio
Ya conocemos la dinámica de liquidación del Impuesto sobre el Patrimonio por lo que el siguiente paso
que debemos dar para el correcto cumplimento de las obligaciones fiscales es saber cómo se deben valorar los bienes, derechos, cargas, gravámenes y deudas
que van a pasar a formar parte de la base imponible.
La regla general determina que los bienes y
derechos se valoraran por su valor de mercado a fecha de devengo del impuesto,
es decir a 31 de diciembre de cada año. Sin embargo la propia Ley del Impuesto
introduce numerosas excepciones debemos conocer.
viernes, 30 de septiembre de 2011
La liquidación del Impuesto sobre el Patrimonio
Una
vez restablecido el Impuesto sobre el Patrimonio para los ejercicios 2011 y
2012 es conveniente conocer la dinámica de liquidación del Impuesto. Para ello
debemos aplicar las reglas contenidas en la Ley del Impuesto sobre Patrimonio.
Tal
como está concebido el tributo, la inmensa mayoría de los españoles no estarán
obligados a su presentación, ya que sólo tendrán que pagarlo los
contribuyentes cuyo patrimonio sea superior a 700.000 euros, una vez restada del patrimonio la vivienda habitual del contribuyente hasta un valor máximo de 300.000 euros. Además, al ser un impuesto cedido a las Comunidades
Autónomas es posible que alguna de ellas eleve el mínimo exento.
viernes, 16 de septiembre de 2011
El Gobierno restablece el Impuesto sobre el Patrimonio
Tal
como se venía especulando en las últimas semanas, el Gobierno ha acordado en el
Consejo de Ministros de hoy la restauración del Impuesto sobre el Patrimonio. Vuelve
así una figura impositiva que se eliminó en el año 2.008 cuando desapareció la
obligación de su presentación, pero sin que se llegara a derogar formalmente,
lo que ha permitido su rápida recuperación.
La
reintroducción del Impuesto sobre el Patrimonio en nuestro panorama fiscal se hace
con carácter temporal, pues a falta de lo que establezca el nuevo gobierno que
salga de las elecciones del 20 de noviembre, sólo estará vigente en los
ejercicios 2.011 y 2.012.
La
regulación del Impuesto se realizará en base a la normativa que estaba vigente
en 2.008 salvo por dos modificaciones de gran importancia: el
mínimo exento por debajo del cual los contribuyentes no tendrán que presentar
el impuesto se eleva a 700.000 euros, y la exención a la hora de valorar la
vivienda habitual se fija en 300.000 euros. Debemos considerar además, que en
caso de matrimonio, tanto el mínimo exento como la exención por la vivienda
habitual se aplica a cada cónyuge por separado.
Mediante esta medida,
que según los cálculos del Gobierno afectará a 160.000 contribuyentes, se
esperan recaudar 1.080 millones de euros que irán a parar a las arcas de las comunidades
autónomas.
martes, 6 de septiembre de 2011
Facturas rectificativas y otras facturas especiales
En
anteriores artículos hemos tratado importantes cuestiones en materia de
facturación que es vital conocer para evitar sanciones y cumplir
adecuadamente con la normativa fiscal. Así hemos analizado la obligación de emitir factura, los requisitos que estas deben cumplir, y cuando es posible expedir tique en lugar de factura.
Para
finalizar esta serie de post dedicados a la facturación vamos a estudiar
algunos tipos específicos de facturas que son
bastante usuales en el tráfico mercantil. Como en ocasiones anteriores la
normativa reguladora fundamental es el Reglamento de facturación.
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